• Imprimir
  • Tamaño de
    Texto:

Definición OEA

El operador económico autorizado es aquel operador de comercio exterior que cumple con la normativa vigente establecida, sistema adecuado de Registros Contables y Logísticos, Solvencia Financiera y Nivel de Seguridad Adecuado; convirtiéndose en un operador de confianza para la Administración Aduanera con lo cual se simplifica sus controles y trámites; a la fecha pueden certificarse como OEA los siguientes operadores: Importadores, exportadores, almacenes aduaneros, Agencias de Aduana y Empresas del Servicio de Entrega Rápida.

El OEA se encuentra dentro del Marco de la norma SAFE de la OMA

La figura del OEA nace de la necesidad de adoptar esquemas que garanticen la seguridad de los procesos y operaciones al interior de las organizaciones de comercio exterior, obteniendo a cambio beneficios en materia de control y simplificación de sus trámites, que se traduzcan en mejores oportunidades de crecimiento para las empresas y bienestar para las personas.

Actualmente pueden obtener la certificación:

  1. Exportadores.
  2. Importadores.
  3. Agentes de Aduana
  4. Almacenes autorizados.
  5. Empresas de Servicio de Entrega Rápida-ESER.

Esta certificación es otorgada previa aprobación de la SUNAT, siempre que cumplan con los requisitos previstos en las normas legales vigentes; de manera gradual se incluirán a otros operadores de Comercio Exterior.

Cumplir y mantener vigente los requisitos que originaron su certificación.

Contribuye a la facilitación y seguridad del comercio internacional, a través de la implementación de estándares mínimos de seguridad otorgando beneficios a las empresas en cuanto a la simplificación en sus trámites.

Contribuye a que las empresas controlen sus procesos y la trazabilidad de su cadena logística, sirviendo de instrumento de mejora para la competitividad a nivel empresa y país; fomentando la responsabilidad en la seguridad de las operaciones de comercio exterior.

Permite a la Administración Aduanera, gestionar el riesgo maximizando sus esfuerzos en operadores y operaciones de "alto riesgo".

Fortalece la relación del sector privado con la Administración Aduanera, constituyendo un aliado contra la criminalidad.

Procedimientos y Requisitos para ser OEA

En el siguiente procedimiento a descargar, encontrarás los requisitos detallados en la sección "Anexo 1"

https://ww1.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/oea/empresasCertificadas.html

En el siguiente procedimiento a descargar, encontrarás los requisitos detallados en la sección "Anexo 1"

https://ww1.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/oea/empresasCertificadas.html

En el siguiente procedimiento a descargar, encontrarás los requisitos detallados en la sección "Anexo 1"

https://ww1.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/oea/empresasCertificadas.html

¿Quieres saber más?

No es obligatorio, la decisión depende de la evaluación de las oportunidades comerciales para su empresa; el ser parte de OEA, significa ser un operador de confianza certificado por la administración aduanera y los beneficios que represente internacionalmente.

El procedimiento para la obtención del estatus como OEA ante la Administración Aduanera es gratuito.

No, la autorización como OEA, se otorgará individualmente para cada empresa que lo solicite.

No, una certificación de cualquier índole no equivale al cumplimiento automático de todos los requisitos específicos para ser habilitado como OEA. Sin embargo, el hecho de tenerla evidencia un grado de desarrollo en los modelos de estándares de gestión.

El Perú inició su primer acercamiento con el Operador Económico Autorizado, con la dación de la nueva Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo 1053 publicada el 27 de junio de 2008. Es así que en esta norma legal, se incluye por primera vez el término "Operador Económico Autorizado".

Posteriormente, en el mes de abril de 2009, la SUNAT suscribe la carta de intención ante la Organización Mundial de Aduanas mediante la que se compromete a implementar el Marco SAFE (Framework for Secure Trade).

En ese mismo año, Perú es incluido en el proyecto Regional del Banco Interamericano de Desarrollo – BID denominado: "Facilitación del Comercio y Adopción de Estándares de Seguridad en la Cadena Logística" en la que además participan: Colombia, Panamá, República Dominicana y Uruguay, cuyo objetivo es apoyar la creación e implementación en dichos países del Programa del OEA.

El Plan Operativo Institucional del año 2010 y 2011, aprueban como proyecto institucional el "Operador Económico Autorizado - OEA", para lo cual se conforma un grupo de trabajo a nivel institucional.

A inicios del 2011 se efectuó la presentación del Proyecto Operador Económico Autorizado-OEA a los Gremios del Sector Privado congregados en el Grupo Consultivo en Temas Aduaneros, con la finalidad de darles a conocer del proceso de implementación y de su importancia dentro del comercio internacional.

Un segundo acercamiento, se dio el 16 de marzo del 2011 en una reunión con los representantes designados por cada gremio empresarial, conformándose así cinco Mesas de Trabajo: de Exportadores, Transportistas, Almacenes, Agentes de Aduana y Puertos-Aeropuertos.

El objetivo de estas mesas de trabajo fue la discusión de los requisitos de seguridad, procedimientos y demás acciones normativas y operativas que sean requeridas para la implementación del Operador Económico Autorizado-OEA.

Parte importante del Proyecto Operador Económico Autorizado-OEA, fue la ejecución de un Plan Piloto con los operadores de la cadena logística que permitió validar el cumplimiento de requisitos por parte de las empresas o interesados, determinar los tiempos probables de duración de los procedimientos, de estudio de documentos, visitas de validación, procesos de revalidación, autorización, suspensión y/o cancelación de la autorización, entre otros.

Como resultado de este Plan, se elaboró el Marco Normativo del Proceso de Certificación del Operador Económico Autorizado, así como procedimientos y formatos utilizados en la certificación.

El Plan Piloto se inició en el año 2011 y culminó en el 2012, publicándose el 22/09/2012 el D.S. N° 186-2012-EF - Reglamento de Certificación del Operador Económico Autorizado con fecha 09/03/2013 se publicó el Procedimiento General “Certificación del Operador Económico Autorizado” - INPCFA-PG.13 aprobado mediante Resolución de Superintendencia Adjunta de Aduanas N° 0061-2013; posteriormente; con fecha 07/09/2016 se publica el Procedimiento General “Certificación del Operador Económico Autorizado” – INPCFA-PG.13 (versión 2) aprobado con Resolución de Intendencia Nacional N° 35-2016-SUNAT/5F0000, el mismo que tiene algunas modificaciones con las siguientes documentos: Resolución de Intendencia Nacional N° 10-2017-SUNAT/5F0000 de fecha 05/07/2017 y Resolución de Intendencia Nacional N° 07-2017-SUNAT/310000 de fecha 13/09/2017.

OPERADORES ECONÓMICOS CERTIFICADOS

 

En el siguiente enlace se encontrarán las empresas certificadas como OEA:

https://ww1.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/oea/empresasCertificadas.html